Frontera entre el derecho a la libertad de expresión y el derecho a no sufrir discriminación

Toda persona tiene derecho a expresar sus ideas, pensamientos u opiniones, informarlas, comunicarlas o exteriorizarlas sin censura previa; estos son elementos que componen el Derecho a la Libertad de Expresión, sin embargo, ningún derechos ilimitado o absoluto, una vez expuestas tales expresiones, existe una restricción que transversaliza todos los derechos: el respeto a terceras personas.

Estas afirmaciones surgen de la pregunta ¿Cómo se debe ejercer la libertad de expresión y qué la puede o debe limitar? Si reconocemos que tanto la libertad de expresión como el derecho a no sufrir discriminación son derechos fundamentales, debemos considerar inevitable la necesidad de conciliarlos, para ello sugerimos partir de los siguientes principios:

1) Los derechos humanos son irrenunciables, indivisibles e interdependientes. Esto se reduce a que el ejercicio de uno está en estrecha vinculación con el resto. Por proteger el derecho a la libertad de expresión no puedes violar el derecho a la no discriminación.
2) Ninguna libertad es ilimitada. Los límites de tus derechos están marcados por las garantías y derechos de que gozan terceras personas.

Podemos además agregar que EL DERECHO A NO SUFRIR DISCRIMINACION ES UN PRINCIPIO RECTOR para el cumplimiento de todos los demás derechos.

Al ver en la historia cómo se construyó el derecho a la libertad de expresión vemos que surge como un derecho contra los dogmas, y cuando los contenidos están cargados de mensajes discriminatorios, deja de ser un medio de lucha contra el poder y lo refuerza, aprovechándose del ejercicio de un derecho para promover la discriminación y el odio.

Quienes ejercen este derecho a través de los medios de comunicación como periodistas, publicitas, relacionistas públicxs, productorxs, políticxs, etc., deben además superponer su ÉTICA Y RESPONSABILIDAD SOCIAL como LÍMITES ENTRE ESTOS DOS DERECHOS FUNDAMENTALES.

Ante la pregunta de ¿Cómo complementar la libertad de expresión y el derecho a la no discriminación en la actividad que desarrollan los medios de comunicación? debemos primero estar conscientes que la razón por la que es preciso execrar EL USO DE PRÁCTICAS Y EXPRESIONES VIOLATORIAS DEL DERECHO A NO SUFRIR DISCRIMINACIÓN, respaldada por el ejercicio del derecho a la libertad de expresión, es debido a que AUMENTA LA VULNERABILIDAD DE LOS GRUPOS O PERSONAS QUE SE ENCUENTRAN EN SITUACIÓN DE DISCRIMINACIÓN.

Asimismo, con la claridad de que el ejercicio de la libertad de expresión genera “opinión pública”, y en democracia, ésta es cimiento de legitimidad y credibilidad en temas de la esfera pública, el mismo debe pasar el filtro del derecho a la no discriminación, pues ambos comparten el propósito de garantizar la igualdad y la libertad de todas las personas, en un marco de convivencia democrática que garantiza el ejercicio pleno de todos los derechos.

De este modo los medios y quienes hacen uso de ellos podrían aportar en la constitución de las ciudadanías, respetando el carácter diverso que nos caracteriza, estimulando la autonomía social, política, económica y cultural de los sujetos sociales para que puedan gestionar, construir y asumir su propio destino, en condiciones justas, equitativas e igualitarias.

En este sentido, resaltamos el deber del Estado de reconocer la promoción del odio en algunos discursos y construir restricciones jurídicas respecto a la libertad de expresión garantizando el derecho a no sufrir discriminación; restricciones que deben ser preventivas, administrativas, civiles y penales cuando ésta manifiesta o representa un daño a la vida y al destino de las personas, tanto respecto de los contenidos como en las consecuencias del acto.

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